
DESIGUALDAD CONSAGRADA EN LA LEY (II)
Hemos dejado en claro que hay discriminación en beneficio de los trabajadores del Estado jubilados por sobre los pasivos de la actividad privada:
Los jubilados de empresas del Estado pueden trabajar y mejorar su ingresos.
Los jubilados de empresas privadas, no.
Así decíamos en la primera parte de este artículo.
Veamos ahora qué sucedió en crisis y como se agravó esta situación para los privados. Año 2002 .
Fueron damnificados (aunque no los únicos), trabajadores privados y propietarios de empresas personales y de PYMES.
A salvo, los funcionarios del Estado como tales.
Mientras en empresas privadas algunos recibieron incentivos para su retiro, otros fueron empujados hacia la jubilación aún en condiciones de aptitud para el trabajo y la transmisión de su experiencia y conocimientos.
Los primeros recibieron oportunos capitales para el establecimiento de negocios propios individuales o en sociedad.
En cambio debieron jubilarse por fuerza o necesidad, empresarios y empleados privados con edad para ello, pero aún en condiciones de impulsar, producir, crear empleos y con conocimientos valiosos para transmitir a los jóvenes.
Y no olvidemos que también existieron en la empresa privada numerosos despidos.
corrientes.
Todo legal.
Hubo pequeños empresarios perjudicados con su capital acorralado en bancos quebrados y proveedores que para cobrarles debieron aceptar largas financiaciones.
Esto les impidió disponer de sus capitales legítimos con los que hubiesen podido producir.
Por la suma de diversos factores hubo en todas las áreas empresarios que debieron cerrar y/o jubilarse por su menguada o nula cartera de clientes desaparecidos.
Decíamos que existen soluciones.
Las hay. Y se imponen. Por la democracia y la igualdad de derechos.
Para ponerle punto final a la discriminación.
Fin Parte II – Rodolfo Piay
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Hemos dejado en claro que hay discriminación en beneficio de los trabajadores del Estado jubilados por sobre los pasivos de la actividad privada:
Los jubilados de empresas del Estado pueden trabajar y mejorar su ingresos.
Los jubilados de empresas privadas, no.
Así decíamos en la primera parte de este artículo.
Veamos ahora qué sucedió en crisis y como se agravó esta situación para los privados. Año 2002 .
Fueron damnificados (aunque no los únicos), trabajadores privados y propietarios de empresas personales y de PYMES.
A salvo, los funcionarios del Estado como tales.
Mientras en empresas privadas algunos recibieron incentivos para su retiro, otros fueron empujados hacia la jubilación aún en condiciones de aptitud para el trabajo y la transmisión de su experiencia y conocimientos.
Los primeros recibieron oportunos capitales para el establecimiento de negocios propios individuales o en sociedad.
En cambio debieron jubilarse por fuerza o necesidad, empresarios y empleados privados con edad para ello, pero aún en condiciones de impulsar, producir, crear empleos y con conocimientos valiosos para transmitir a los jóvenes.
Y no olvidemos que también existieron en la empresa privada numerosos despidos.
corrientes.
Todo legal.
Hubo pequeños empresarios perjudicados con su capital acorralado en bancos quebrados y proveedores que para cobrarles debieron aceptar largas financiaciones.
Esto les impidió disponer de sus capitales legítimos con los que hubiesen podido producir.
Por la suma de diversos factores hubo en todas las áreas empresarios que debieron cerrar y/o jubilarse por su menguada o nula cartera de clientes desaparecidos.
Decíamos que existen soluciones.
Las hay. Y se imponen. Por la democracia y la igualdad de derechos.
Para ponerle punto final a la discriminación.
Fin Parte II – Rodolfo Piay
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